
Desde enero de 2026, empresas y contribuyentes deben enviar comprobantes electrónicos al SRI al momento de su emisión.
Desde el 1 de enero de 2026 está vigente la obligación de transmitir de forma inmediata al Servicio de Rentas Internas los comprobantes electrónicos emitidos por los contribuyentes en Ecuador.
La medida alcanza facturas electrónicas, comprobantes de retención y documentos complementarios, y eleva la exigencia operativa sobre los procesos de facturación, conciliación y control documental de las empresas.
Qué cambia para las empresas
El punto crítico ya no es solo emitir correctamente el documento, sino asegurar que el flujo tecnológico permita firmar, enviar y verificar el comprobante en tiempo real. Esto exige revisar parametrizaciones, conectividad, contingencias y responsables internos.
Para áreas contables y financieras, el cambio obliga a fortalecer controles diarios: monitoreo de autorizaciones, manejo de errores de transmisión, conciliación entre ERP y SRI, y trazabilidad documental para auditorías.
Recomendación Atenea
Las compañías deberían tratar esta obligación como un control permanente, no como una tarea aislada de facturación. Un diagnóstico rápido de procesos, sistemas y roles reduce riesgos de incumplimiento y mejora la calidad de la información tributaria.
Fuentes consultadas: Servicio de Rentas Internas, sección de Facturación Electrónica; Primicias, actualización del 2 de enero de 2026 sobre la vigencia de la transmisión inmediata.